Cómo facturar como fotógrafo: España y Alemania
Introducción
Facturar como fotógrafo autónomo en España implica gestionar dos impuestos distintos en la misma factura: el IVA y la retención de IRPF. Esta guía explica cómo hacerlo correctamente.
España: Factura de fotógrafo autónomo
IVA e IRPF — Lo que debes saber
Cuando facturas a una empresa o profesional como fotógrafo autónomo, tu factura incluye:
- IVA — se suma a tu base imponible (tipo general: 21%)
- Retención IRPF — se resta de lo que cobra el cliente (tipo general: 15%)
El cliente te paga el total (base + IVA - retención). La retención la ingresa el cliente directamente a Hacienda en tu nombre.
Tipos de IRPF
| Situación | Tipo IRPF |
|---|---|
| Autónomo general | 15% |
| Primeros 3 años como autónomo | 7% |
Ejemplo de factura de fotógrafo en España
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Sesión fotográfica | 1.000,00 € |
| IVA 21% | +210,00 € |
| Retención IRPF 15% | −150,00 € |
| Total a pagar | 1.060,00 € |
Nuevo autónomo: Si llevas menos de 3 años, aplica el 7% de retención en lugar del 15%. Consulta con tu gestor.
Datos obligatorios en la factura
- Número de factura (correlativo y sin saltos)
- Fecha de emisión y fecha de prestación del servicio
- Tu NIF y el NIF del cliente
- Descripción detallada del servicio
- Base imponible, tipo y cuota de IVA
- Tipo y cuota de retención IRPF
Alemania: Factura de fotógrafo
En Alemania, el IVA estándar es el 19% MwSt. Los fotógrafos con ingresos inferiores a 22.000 €/año pueden acogerse a la Kleinunternehmerregelung (régimen de pequeña empresa) y no cobrar IVA, pero deben indicarlo expresamente en la factura:
Gemäß §19 UStG wird keine Umsatzsteuer berechnet.